FONDO DE SOLIDARIDAD
El Fondo de Solidaridad otorga a los asociados los siguientes auxilios:
- Auxilio por nacimiento de hijos del asociado.
- Auxilio por matrimonio.
- Auxilio Oftalmológico (15% de un S.M.M.L.V)
- Auxilio por muerte del asociado y su grupo básico familiar (cuando aún no estén cubiertos por la Póliza Exequial Coorserpaek del Fondo.)
- Por accidentes o eventualidades graves del asociado.
- Pensionado retirado de la compañía
MONTO DEL AUXILIO
Máximo el 50% de un SMLV de acuerdo a los soportes presentados.
REQUISITOS:
- Formulario de Auxilio de Solidaridad debidamente diligenciado.
- Copia Registro Civil de Nacimiento para auxilios de Nacimiento de hijos.
- Copia Registro Civil de defunción para auxilio por muerte de un familiar.
- Certificados de la entidad correspondiente de acuerdo a la calamidad o contingencia del asociado.
- Copia Resolución de Pensión
SOLICITUD Y TÉRMINO
Los asociados tienen un plazo de tres (3) meses a partir de la fecha en que sucedan los hechos, pasado este tiempo se perderá el derecho a solicitarlo.